Ese es el instrumento que ha puesto a los propietarios de viviendas para alquilar en el más enrevesado de lo aprietos, sobretodo en lo que tiene que ver con la Ley que concede al inquilino todo el Derecho a habitarla y conociéndonos como nos conocemos, en toda la intensidad de la llamada “viveza criolla”, quién se descuide, conduela y deje pernoctar en su vivienda una noche demás a las escritas y aceptadas en el convenio de alquiler, corre el riesgo de quedarse sin “el pan y sin el queso”, es decir, sin los reales y sin la vivienda.
Toda esta situación ha devenido en lo que podría llamarse “corrida” de los arrendadores de viviendas y hasta de habitaciones simples, sobretodo, a familias con hijos que ya han comenzado a padecer el calvario de solicitar hasta pequeños cuartos en arrendamiento y se encuentran con una negativa total o en algunos casos, tal vez por conmiseración a los pequeños, logran el arriendo, pero ello previo a convenios notariados, pagos exorbitantes y contratos limitados casi a poco meses por no decir que a días.
La situación, en todo caso, merece un estudio muy profundo y menos apasionamiento político, porque otro gallo cantaría si el gobierno o las instituciones gubernamentales tuviesen en ejecución planes para la construcción de viviendas con la suficiente capacidad e intensidad, como para abastecer la demandas de las mismas y evitar el colapso social que podría derivarse de una situación que, para nada ni por nada deseamos a nadie.